Lo hizo el Tribunal de Juicio de Goya- en su modalidad colegiada, presidido por el juez, doctor Ricardo Diego Carbajal, actuando como vocales los jueces Jorge Antonio Carbone y Julio Ángel Duarte. El juicio se extendió por seis largas jornadas donde se escucharon a 30 testigos.
El Tribunal de Juicio de Goya condenó hoy a Leonel Alberto Sánchez a cumplir la pena de 14 años de prisión por ser autor material penalmente responsable del delito de “ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL AGRAVADO POR EL APROVECHAMIENTO DE LA CONVIVENCIA PREEXISTENTE CON LA VÍCTIMA, EN LA MODALIDAD DE DELITO CONTINUADO”.
El juicio se llevó a cabo en seis largas jornadas, a las cuales fueron citados 30 testigos.
El día de hoy (viernes) se realizaron los alegatos y luego se dictó el veredicto de culpabilidad. Inmediatamente después se realizó el juicio de cesura de la pena, concluyendo el caso.
El hecho
Los abusos sexuales desplegados sobre la niña víctima fueron reiterados, durante varios años y presentando heterogeneidad en sus modalidades de comisión y constituyéndose el mismo en la modalidad de delito continuado.
El condenado se aprovechaba que la niña fue a vivir a su casa, para completar sus estudios secundarios en la localidad de Esquina, y valiéndose de dicha circunstancia, en horario nocturno y también de siesta, lograba consumar sus conductas, vulnerando el bien jurídico protegido; cual es la libertad y reserva sexual de la víctima.
Se evaluó especialmente la extensión del daño causado, presentado una notable magnitud, en particular la cuestión psicológica de la víctima, quien presentaba un doble estándar de vulnerabilidad; mujer y menor de edad.
El imputado vino a juicio en libertad. El Tribunal no hizo lugar a la prisión preventiva demandada por el Fiscal, por no haberse verificado, en el juicio de cesura y en los términos del artículo 343 ritual, razones plausibles que justifiquen la modificación del estatus de libertad y pese a la condena discernida, hasta el momento, siempre estuvo a derecho.
El monto de la pena
El elevado monto de pena en concreto no avala per sé, necesaria e indefectiblemente, el dictado de la medida cautelar más gravosa del catálogo procesal, si no se demuestra el riesgo procesal en el caso concreto. El condenado no podrá contactar a la víctima, debiendo presentarse una vez por semana en la Fiscalía de Esquina, no pudiendo salir de dicho departamento provincial sin autorización judicial expresa.
Intervinieron, como Fiscal el doctor Guillermo Barry y como abogado defensor el doctor José Alejandro Fernández Codazzi.